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INVERSIÓN

¿Puede un extranjero comprar propiedades (Bienes Inmuebles) en Nicaragua?

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BIENES INMUEBLES

El artículo 27 de la Constitución Política de Nicaragua establece la igualdad de las personas ante la ley, y el derecho a igual protección, sin importar su nacionalidad. Contempla que los extranjeros tienen los mismos derechos y deberes que los nicaragüenses. Entre estos derechos está el de poder adquirir bienes inmuebles, sean éstos casas, lotes o fincas.

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En ese mismo sentido el artículo 99 de la misma Carta Magna, señala que el Estado es responsable de promover el desarrollo integral del país, y debe garantizar los intereses y las necesidades particulares, así mismo debe proteger y fomentar las formas de propiedad y gestión económicas.

La Ley de Inversión Extranjera, por su parte, dispone en su artículo 2 que “Inversión Extranjera” es la que se realice mediante la transferencia a Nicaragua de capital extranjero, entendiéndose como tal el proveniente del exterior con independencia de la nacionalidad o del lugar de residencia del inversionista. El mismo artículo manifiesta que es “Inversionista Extranjero”  toda persona natural o jurídica que no siendo nicaragüense realiza inversiones en el país.

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Por otra parte, el artículo 3 de la misma Ley, ratifica que el Estado de Nicaragua fomenta y promueve la inversión extranjera. El inversionista extranjero queda sujeto a todos los preceptos legales de observancia general en el territorio de la República de Nicaragua y gozará de los mismos derechos y de los medios de ejercerlos que las leyes otorgan a los inversionistas nicaragüenses.

De tal suerte que el extranjero no solo puede comprar propiedades en el país, sino, que también goza de igual protección que los nicaragüenses.

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¿Estás pensando comprar un vehículo en Nicaragua?

ASPECTOS LEGALES

Los aspectos legales al comprar un vehículo en Nicaragua para poseer y registrar un carro aquí son dos cosas diferentes. Comprarlo como extranjero es fácil. Un abogado puede redactar un contrato en una hora transfiriendo el auto del vendedor a ti. Ellos tienen la escritura anterior y la nueva, y declararan que tú eres es el nuevo propietario del vehículo. Y listo, ahora tú eres inmediatamente el propietario legal del vehículo.

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Sin embargo, para obtener una circulación y un seguro necesitas una cédula o el uso de una corporación nicaragüense. La cédula es un documento de identidad emitido por el gobierno de Nicaragua que se parece a un permiso de conducir. Para obtener una cédula debes ser residente o ciudadano de Nicaragua. Una vez que tengas tu cédula, es un proceso sencillo comprar el vehículo y hacer que un abogado lo registre a tu nombre.

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IMPUESTOS DE TRANSFERENCIAS

Una cosa que hay que tener en cuenta es que tú (o tu abogado) deben asegurarse es que los impuestos del vehículo están al día. Si los anteriores propietarios no los han pagado, este puede tener costos ocultos. Por ejemplo: si una persona A compra un auto nuevo. Más tarde lo vende a la persona B, que a su vez lo vende a la persona C. Durante todo este tiempo el seguro y la circulación estaban a nombre de la persona A. Lo cual es bastante habitual en algunos casos. Asegúrate de que los impuestos están pagados o negocia el precio y reflejarles que hay impuestos adicionales.

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SEGURO

Una vez registrado, hay varias compañías que ofrecen seguros de vehículos en Nicaragua. El Banco Lafise, el Banco BAC y Seguros América son las tres opciones más comunes. El seguro básico de "daños a terceros" cuesta entre $70 - $150 al año, dependiendo del vehículo. Eso podría parecer muy bajo, y lo es, pero no cubre mucho. La cobertura completa, que incluye los accidentes cuando resulta culpable y las reparaciones del vehículo asegurado, será probablemente más cara que una cobertura de Estados Unidos. Así que tienes que evaluar el riesgo y el costo y decidir cuál es lo mejor para ti.

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